miércoles, 27 de junio de 2012

La aprobación del esperpento que modifica la constitución con una reforma a la justicia que entre otras cosas, la privatiza otorgándole jurisdicción a notarios y abogados, crea impunidad para una clase política privilegiada y acaba con la autonomía e independencia judicial, requiere un inmenso compromiso y un fuerte pronunciamiento de los colombianos de bien, por lo que se hace necesario impulsar el Referendo Derogatorio del Acto Legislativo de Reforma a la Justicia.

Por tal razón y si compartes la misma indignación, en los siguientes enlaces http://www.referendoya.org/docs/INSTRUCTIVO-RECOLECCION-DE-APOYO-INSCRIPCION-COMITE-PROMOTOR-REFERENDO-POR-EL-NO-A-LA-REFORMA-A-LA-JUSTICIA.pdf y http://www.referendoya.org/docs/FOMULARIO-RECOLECCION-DE-APOYO-INSCRIPCION-COMITE-PROMOTOR-REFERENDO-POR-EL-NO-A-LA-REFORMA-A-LA-JUSTICIA.pdfpuedes bajar los formularios de la Registraduría, para ayudar a inscribir el comité promotor del referendo derogatorio y realizar la tarea de recolección de firmas.

La tarea la acompañan las Centrales Obreras, Asonal, el observatorio nacional de justicia, el Polo Democrático Alternativo, entre otras organizaciones y personalidades.

Las firmas se pueden enviar a nombre de la Fundación Plural Cra 4 Nº 65-45 piso 2 en Bogotá o en Manizales entregarlas en la Calle 18 No. 23-40, Sede de Educal. En esta etapa se requieren 150 mil, luego necesitaremos más de un millón firmas.



Juan Carlos Martínez Botero
Abogado- Presidente Comité Municipal
Polo Democrático Alternativo de Manizales

lunes, 16 de abril de 2012

PAISAJE CULTURAL ¿CAFETERO?



Juan Carlos Martínez Botero*

La declaración por la Unesco del Paisaje Cultural del Eje Cafetero como patrimonio de la humanidad, hace que  nos sintamos orgullosos  de haber nacido en unas tierras que resaltan por su belleza y que, sin duda, son un atractivo para cualquier turista que  disfrute de  la naturaleza y las tradiciones culturales. Que hay una cultura alrededor del café no hay duda y que otrora fue factor de desarrollo tampoco, lo preocupante es si la denotación de cafetero podrá subsistir cuando hay serios hechos de la crisis del café  que apuntan a que esta definición no tenga sustento material.  

El interrogante que se plantea  tiene que ver con hechos preocupantes  como que el Eje Cafetero ha perdido el primer lugar en la producción de café del país, Caldas es el cuarto departamento, Risaralda el noveno, y Quindío no aparece en el ranking. Departamentos como Huila, Cauca y Nariño, tienen lugares  preponderantes en la producción nacional, al punto que  ya se habla de un nuevo  “Eje Cafetero del Sur”,  y  la  producción nacional se  disminuye   en  ocho millones  de sacos. A múltiples factores se le podría atribuir la actual crisis, una de ellas el rompimiento del pacto internacional de cuotas a  principios de los noventa,  donde se propagaron las ideas neoliberales con sustento en el Consenso de Washington y donde los precios del café se dejaron a la fluctuación del mercado y la especulación. El mínimo movimiento del precio del café en Wall Street terminó reflejándose en la vereda más lejana de los municipios cafeteros de Colombia. 

Sin ir tan lejos  el fin de semana pasado fue titular de prensa la caída abrupta en el precio del café, que  en enero  se pagaba a 861 mil 125 pesos la carga  en Chinchiná y Manizales y el fin de semana pasado se pagó a   686 mil pesos; el precio más bajo en un periodo de dos años, consecuencia del bajón  de la cotización de la  libra de café en la Bolsa de New York a 1,76 centavos de dólar la libra. Una de las peores crisis se advierte en el sector cafetero, el cual se presenta en medio de  la ausencia de  políticas públicas de respaldo al sector, agobiado por las plagas, el invierno, el agotamiento de la capa vegetal, el encarecimiento de los insumos, las deudas, la reevaluación, entre otras. 

Y como para rematar, en medio de la crisis cafetera, anuncia la Contraloría General de la República, y denuncia el senador Robledo, un multimillonario  detrimento patrimonial, al Fondo Nacional del Café,  que asciende a los 60 mil 297 millones de pesos por  manejos indebidos de la Federación Nacional de Cafeteros, hechos que vuelven inexplicable la propuesta, del gobierno del presidente Santos, que  propone elevar la contribución cafetera, destinada a dicho fondo,  de 6 centavos a 9  centavos de dólar la libra, para que sigan despilfarrando los impuestos de los cafeteros. 

Si el gobierno nacional no desarrolla una política de respaldo al sector, la suerte  será la misma que corrió  la institucionalidad cafetera, que  hoy registra como hechos del pasado,  que hubo una vez un Banco, una Flota Mercante y  muchas instituciones más. No queremos que lo único presentable sean  los  reinados del café  de las  fiestas y ferias, la imagen de Juan Valdez y su mula,  la Fábrica de Café Liofilizado  y un bello paisaje cultural cafetero, mientras miles de campesinos y jornaleros, son expulsados de los cafetales por la crisis y se desplazan a engrosar los  cinturones de miseria de las ciudades.

domingo, 11 de marzo de 2012

RUTAS URBANAS PARA EL CENTRO SUR



Juan Carlos Martínez Botero*

A propósito de la decisión del alcalde de Manizales, de permitir el descargue de pasajeros provenientes de Chinchiná y Palestina  en el sector del Parque Olaya y de las  reuniones que vienen realizando   los alcaldes del Centro Sur del departamento, para analizar propósitos comunes,   uno de los aspectos que debería discutirse, y plantearse como parte de la agenda, es el establecimiento de  rutas urbanas que conecten las diferentes poblaciones, en particular,  una que sea  entre Palestina, Chinchiná y Manizales que reduzca los costos del pasaje y facilite la movilidad como un paso hacia la verdadera integración. 

La constitución del área metropolitana del Valle de Aburrá, que reúne a 10 municipios de Antioquia, incluido Medellín, donde los recorridos en kilómetros son superiores a los que se presentan entre los municipios del Centro Sur, pero donde el costo del pasaje es mucho menor  oscilando  entre 1400 y  2 mil pesos y el caso de  la del Centro-Occidente conformada por Dosquebradas, Pereira y la Virginia (y de la que se beneficia Santa Rosa) donde el costo del pasaje es de 1700 pesos, son  experiencias a tener en cuenta en  la organización de un sistema de transporte en el Centro Sur del departamento que reduzca los costos de desplazamiento entre las distintas poblaciones.  

La  Ley 1454 de 2011, estableció las  normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y,  amplió el espectro de los denominados esquemas asociativos territoriales entre los que se incluyen las áreas metropolitanas y  las asociaciones de municipios, convirtiéndose en  un importante  instrumento que pueden utilizar los alcaldes  para la integración y   permitiendo que  dos o más municipios, puedan asociarse administrativa y políticamente para organizar conjuntamente la prestación de servicios públicos, como sería en este caso, sin descartar otros,  la organización del  sistema de transporte público de pasajeros.

Este marco normativo permitiría que la ruta entre Palestina, Chinchiná y Manizales considerada como  intermunicipal cambiara su carácter. Una integración real pasa por permitirles a los ciudadanos de las tres poblaciones movilizarse con mayor facilidad, y sin duda el establecimiento de una ruta  urbana, con un costo no superior a los 1400 pesos de hoy,  es un paso importante para alcanzar dicho objetivo, de hecho hay busetas de Unitrans que llegan hasta la Violeta y que fácilmente podrían llegar hasta Chinchiná. Por supuesto que ello solo se lograría si se integra a  Autolujo en el Sistema Estratégico de Transporte Público de Manizales y se le permite ampliar su ruta,  hasta el sector del cable y de las universidades, con la posibilidad de  cargue y descargue de pasajeros en el propio Manizales.  

Una política en esta dirección, además de incentivar las relaciones económicas, turísticas  y comerciales,  tiene un profundo contenido social,  pues  beneficiaría a  los más  de 7 mil ciudadanos,  trabajadores y estudiantes que se desplazan diariamente a Manizales procedentes de Chinchiná y Palestina. Los municipios del Centro Sur del departamento, están unidos por un inevitable fenómeno  de conurbación, que debe ser institucionalizado  por medio de las formas asociativas que permite la Ley. Los más interesados en el asunto somos los chinchinenses y palestinenses, por lo que las alcaldías  y concejos deberían promover la realización de los estudios y análisis pertinentes, en medio de una amplia discusión a la iniciativa.

*Abogado-Asesor Liga de Usuarios de Servicios Públicos
   jcmbabogados@gmail.com

domingo, 26 de febrero de 2012

GAS NATURAL DOMICILIARIO EN COLOMBIA: ESPECULACIÓN Y SUBASTA





Juan Carlos Martínez Botero
Abogado-Asesor Liga de Usuarios de Servicios Públicos de Manizales y Caldas

Los más de  305.000 suscriptores de Efigas en el eje cafetero recibimos  el 2012 con exageradas alzas en el servicio público de gas natural domiciliario, el metro cúbico mensual  registró una subida de  $503,30  en el 2011  a $836,89 en 2012, un incremento  del  66,28%, porcentaje que supera de lejos el pírrico incremento salarial. Las razones del alza deben encontrarse en la política de privatización, desregulación  y  la concepción de negocio que adquirieron  los servicios públicos en Colombia a partir de la expedición del artículo 365 de la Constitución Política y la  posterior  Ley 142 de 1993.

Estas políticas  han estimulado la presencia de poderosos grupos económicos y del  capital financiero internacional en la prestación del  servicio, al punto que una histórica multinacional norteamericana,  la  Chevron Petroleum Company,  produce cerca del 60% del gas que consume el país y tiene participación en   los   campos   de  producción Ballena y Chuchupa, ubicados en el departamento de la Guajira que son la fuente de suministro de gas natural más grande del país. En la cadena del gas natural en Colombia  convergen intereses de capital norteamericano y español, en asocio con capital nacional, donde cada vez es  vez más importante la presencia de Corficolombiana,  de propiedad del Grupo Sarmiento Angulo, que registra  acciones  en  Promigas[1], la  Empresa de Energía De Bogotá – EEB y Gas Natural S.A. ESP.

Paradójicamente mientras estas empresas registran millonarias utilidades los usuarios levantan su voz de protesta por el incremento desmesurado en los costos del combustible. A la par que  el gobierno colombiano anunciaba   el aumento de “la producción de gas natural en los próximos cuatro años, de 1.100 a 1.350 millones de pies cúbicos diarios (Mpcd), lo que representa un incremento de 250 millones por día”[2]  de los cuales 170 millones ingresaron  el año pasado, al mismo tiempo las empresas se preparaban para facturarle a los usuarios valores muy superiores a la inflación, que descuadran las cuentas de las empobrecidas familias del tercer país más desigual del mundo,  según estudio realizado por  el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), donde se  supera  con dificultad a Haití y Angola.  

La  tarifa cobrada a los usuarios es la suma de cinco componentes: Suministro, transporte,  distribución, comercialización y el denominado factor de corrección, que recoge al final del año, la diferencia entre el valor cobrado a los usuarios por los dos primeros componentes  y el valor  pagado a los proveedores por la empresa prestadora  por dichos conceptos. Este es  un negocio donde todos los agentes que participan  ganan, con excepción de los usuarios. Para el caso del eje cafetero Ecopetrol y Chevron en el suministro, Transportadora de Gas Internacional, TGI[3] en el transporte y EFIGAS en la distribución, comercialización y  aplicación del  factor de corrección.

Los costos de los distintos componentes que afectan la tarifa final son definidos de acuerdo a los criterios establecidos por   la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG.  Es así como en la definición del costo de suministro  se incluyen variables  como los precios internacionales de los combustibles. En esta lógica  la  formula definida a través de la Resolución CREG 119 de 2005, tomó como base  el “New York Harbor Residual Fuel Oil 1.0 % Sulfur LP”, publicado por el Departamento de Energía de Estados Unidos, como  índice de referencia  para calcular los máximos de los  precios del  gas natural producidos en los campos de la  Guajira y Opón. En esta misma resolución se estableció que  el precio de gas de Cusiana, sería  determinado libremente, es decir no habría  precio máximo, cuando la capacidad de producción de gas de este campo superara  los 180 Mpcd, situación que se dio en junio de 2006 lo que eliminó en este caso la intervención de los organismos gubernamentales en la definición de los precios.

La política de la CREG, organismo de la rama ejecutiva adscrita al Ministerio de Minas y Energía, es decir,  que depende directamente del gobierno nacional,  ha sido someter los costos de suministro y transporte  del gas natural,  a  variables externas como son el precio del dólar y el precio del petróleo, dejando al usuario  a merced de la especulación y dándole peso legal  a la práctica de  las empresas prestadoras del servicio, que a través del factor de corrección le trasladan a los usuarios los costos adicionales en los que  incurren  en sus contratos de suministro y transporte de gas,  costos que en el caso de EFIGAS, para  el año 2012,  crecieron 75% y 96% respectivamente[4].

Los aumentos exagerados que sin duda se seguirán  presentando, si varía  la tasa de cambio y los precios de los combustibles,  no son problemas de inaplicación de las leyes de la república y la regulación respectiva, por el contrario es la normativa la que permite este tipo de abusos y de exacciones contra los usuarios y sin duda alguna dificultan el acceso a millones de hogares, industrias y propietarios de vehículos que aún no poseen el servicio, teniendo en cuenta que la cobertura actual[5] es del 47% (unos cinco millones de hogares);  40% (3.200 firmas) y tan sólo 7% (unos 312.000 vehículos) respectivamente. Sin duda alguna  es necesario  someter a debate y examen  la regulación tarifaria definida por las respectivas comisiones y exigirle a  la Superintendencia de Servicios Públicos que juegue algún papel en favor de los ciudadanos. Por el momento nos toca a los usuarios y a sus organizaciones, con las escasas herramientas que tenemos,  propiciar lo escenarios para que se discuta una política pública donde los servicios se garanticen en una perspectiva de derechos y en un  ambiente  donde no prime el lucro y la máxima ganancia.


[1] PROMIGAS es propietaria del  48,9% de las acciones de  Gases del Caribe, quien a su vez es la propietaria de EFIGAS S.A E.S.P que se constituyó como resultado de la  fusión de las tres empresas del eje cafetero  (Gas Natural del Centro, Gas de Risaralda y Gases del Quindío), ubicándose como  la   quinta empresa de este sector en Colombia.

[2] Ver http://www.portafolio.co/economia/colombia-definira-reglas-claras-el-sector-gas
[3] Empresa  cuyo mayor accionista es el Grupo Energía de Bogotá, TGI (68.1%) y  Citi Venture  Capital 31.9%, una empresa de propiedad de Inversiones en Energía Latino América Holdings S.L., sociedad  limitada Española con sede en Madrid,   que presta servicio público de transporte de gas, es la mayor transportadora de gas en Colombia con 3 mil 774 kilómetros de gasoductos, con capacidad de transporte promedio de 420 Mpcd.
[4] Ver http://www.lapatria.com/story/asoman-los-aumentos-de-principio-de-a%C3%B1o
[5] Clavijo,  Sergio. El mercado del Gas Natural. Comentario Económico Boletín ANIF, 16 de septiembre de 2010.

domingo, 22 de enero de 2012



COMERCIANTES Y USUARIOS DE AGUAS DE MANIZALES TIENEN DERECHO A QUE SE LES INDEMNICE POR FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Juan Carlos Martínez Botero
Abogado-Asesor Liga de Usuarios de Servicios Públicos
Manizales,  Enero 23 de 2012
La crisis generada por el desabastecimiento del agua durante el último trimestre del año 2011, además del inconformismo y desconfianza generada entre los manizaleños, tiene un aspecto que  debe ser objeto de análisis por la dirigencia local  y, más allá, concluir con una serie de reparaciones  por la Empresa que presta el servicio de acueducto en la ciudad.
Mientras Aguas de Manizales  a septiembre de 2011 registró  138 mil 425 millones de pesos en activos y utilidades operacionales de  9 mil 366 millones[1], el comercio de la ciudad, fruto del desabastecimiento de agua,  reportó pérdidas solo en el mes de octubre  cercanas a los 20 mil millones de pesos  y un crecimiento en los costos de operación de Mil 500 millones,  según lo anotó  el diario local (La Patria 14-12-2011) quien citó como fuente una encuesta realizada por la  Cámara de Comercio de Manizales a 300 establecimientos en el mes de noviembre del año pasado.
La falta de agua fue el principal problema que afectó  el desarrollo adecuado de los negocios en Manizales, así lo afirman el 85% de los encuestados, del informe correspondiente al mes de octubre que desarrolla el Observatorio del Comercio de Manizales, una alianza entre Fenalco Seccional Caldas y la Universidad de Manizales. Este estudio[2] resalta que el  94% de los comerciantes entrevistados afirmaron que las ventas del  mes de octubre disminuyeron ostensiblemente con respecto al mes anterior y el 86% señaló  que las ventas de octubre de 2011 “disminuyeron notoriamente” en comparación con  las del mes de octubre del 2010, la razón principal: La disminución del  número de clientes y “la baja demanda en el consumo” durante los días en que el servicio de acueducto estuvo interrumpido.   

Según Fenalco el promedio de disminución en las ventas alcanzó: El 10% en almacenes y supermercados;   25,75% en automotores, llantas y repuestos;  41,36% en turismo y servicios; 48% en  productos químicos en general; 57%  en  el sector de la construcción; 42% en  artículos para el hogar; 39% en  textiles, confecciones y cuero y 45% en la venta de los bienes de consumo de los locales ubicados en  los centros comerciales.  Las pérdidas están directamente  relacionadas con la falla en el servicio de acueducto, que obviamente ocurrió y que tras el informe de la Contraloría Municipal, en el que se utilizan expresiones como “alto nivel de  imprevisión”, “ineficiencia” y “gestión fiscal  antieconómica” no deja duda  de la responsabilidad de la dirigencia de Aguas de Manizales,  en la crisis que vivió Manizales durante el trimestre anterior.  

La Ley 142 de 1994 estableció  en el artículo 136 el concepto de falla en la prestación del servicio, del cual se deriva según la normativa que: “La prestación continua de un servicio de buena calidad, es la obligación principal de la empresa en el contrato de servicios públicos” y que: El incumplimiento de la empresa en la prestación continua del servicio se denomina, para los efectos de esta Ley, falla en la prestación del servicio.” En este sentido el artículo 137, de la misma Ley, preceptúa que cuando se presenta   una falla en la prestación del servicio, ello “da derecho al suscriptor o usuario, desde el momento en el que se presente, a la resolución del contrato, o a su cumplimiento con las siguientes reparaciones: 

Primero “A que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo” si la interrupción fue por Quince (15) días o más y segundo al reconocimiento de una  “indemnización de perjuicios”, en la que se deben incluir los  “recargos que la falla le haya ocasionado al suscriptor o usuario; mas el valor de las inversiones o gastos en que el suscriptor o usuario haya incurrido para suplir el servicio.” En el primer caso,  reconociendo la  falla en el servicio  Aguas de Manizales no le cobró el cargo fijo correspondiente al mes de octubre a 4 mil 300 usuarios. No  obstante nada ha hecho la Empresa para darle aplicación integral a la Ley y  reparar al conjunto de los 98 mil usuarios y suscriptores que según ellos  no tuvieron suspensión por quince días o más, pero que se vieron afectados por la interrupción en el servicio. Y más aún nada se advierte en las declaraciones de los directivos de la Empresa para reparar las multimillonarias pérdidas que sufrió el comercio local.
El Consejo de Estado en relación con una consulta que formulará el entonces  Ministro de Gobierno, relacionada con la falla de los servicios públicos domiciliarios, conceptuó:

“La falla en la prestación de los servicios, según el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, permite al usuario optar entre la resolución del correspondiente contrato o su cumplimiento con las indemnizaciones que al efecto prescribe.

3º. El artículo 137 de la Ley 142 de 1994 dispone que se descuente "el cargo fijo" y sólo se cobre al usuario el valor del consumo cuando la interpretación continua del servicio, a causa de la falla del mismo, dure quince días o más.

En consecuencia, si la interrupción del servicio es menor de quince días, el usuario no tiene derecho a este beneficio compensatorio; pero tiene derecho a todos los demás que, para los usuarios, prescribe el artículo 137 de la Ley 142 de 1994.”[3]

Teniendo como fundamento los referentes legales y jurisprudenciales, Aguas de Manizales,   a través de su Junta Directiva, debe tomar unas medidas claras para compensar a los más de 93 mil usuarios  a los que lo facturado es igual o incluso más costoso, no obstante haber padecido semanas enteras sin una gota de agua. En este sentido y de acuerdo a lo afirmado recientemente por el  Superintendente de Servicios Públicos, Cesar González Muñoz[4], no debe haber un concepto previo  de la Superintendencia  para que la Empresa actúe en esa dirección.  En cuanto a las reparaciones económicas a las que tienen derecho  los comerciantes de Manizales, por los millonarios perjuicios causados,  no les queda otra alternativa que recurrir a las instancias  judiciales y a los mecanismos contemplados en la constitución y la Ley para que se las reconozcan. En ambas situaciones la Liga de Usuarios de Servicios Públicos dispondrá de un grupo de profesionales para asistir en esta tarea a usuarios y comerciantes.


[2] En http://www.fenalcocaldas.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=289:observatorio-del-comercio-de-caldas-mes-de-octubre&catid=65:observatorio-cc&Itemid=245
[3] CONSEJO DE ESTADO. CONSULTA NÚMERO 698 (7 de junio de 1995). Consejero Ponente: Doctor Humberto Mora Osejo.  Referencia: Consulta del señor Ministro de Gobierno, relacionada con falla de los servicios públicos domiciliarios.