martes, 26 de julio de 2011

AMENAZAS Y DEFICIENCIAS DE LA LEY SANTOS PARA EDUCACIÓN SUPERIOR



Juan Carlos Martínez Botero
Representante Estudiantil  al Consejo Superior
Universidad de Caldas
Manizales, 26 de Julio de 2011

Tras cuatro meses de debate,   el gobierno de Juan Manuel Santos ha anunciado que presentará  el proyecto de reforma a la educación superior con las supuestas  "modificaciones” luego del cacareado  proceso de socialización con los estamentos universitarios.  La lectura  del texto oficial deja claro que el gobierno mantuvo  intactos los elementos más cuestionados, que son la columna vertebral,   de la reforma santista a la educación superior que  será presentada<!--[if !supportFootnotes]-->[1]<!--[endif]--> mañana miércoles 27 de julio ante el Congreso de la República. El ánimo de lucro en las instituciones de educación superior, la desfinanciación estatal, el vínculo con el sector financiero y el fomento del subsidio a la demanda  son los elementos más relevantes que denotan  el propósito gubernamental de  entronizar una concepción que promueve un modelo de universidad como empresa,  educación como mercancía y tomada por el capital financiero.

El proyecto de Ley consigna en los  artículos 38 al 44, el marco legal para la constitución de universidades con ánimo de lucro adecuando el ordenamiento jurídico a  las exigencias contenidas en los capítulos de inversiones y  comercio transfronterizo de servicios del TLC con EE.UU. Estas disposiciones derogan  el artículo 98 de la Ley 30 de 1992, que contempla que: “Las instituciones privadas de educación superior deben ser personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro (...)” y pone a tono la legislación colombiana con el artículo 11.4: (b) del TLC con EE.UU que  prohíbe  a los Estados partes que  “restrinjan o prescriban los tipos específicos de persona jurídica o de empresa conjunta por medio de los cuales un proveedor de servicios puede suministrar un servicio”.  De acuerdo con el artículo 39, del proyecto,  las nuevas sociedades comerciales, que serán las universidades,   “podrán recibir nuevos inversionistas, repartir dividendos y vender acciones”.

El lenguaje estrictamente comercial con el que el proyecto de Ley se refiere a un derecho social, deja claro la sintonía del gobierno de Juan Manuel Santos con las normas de la Organización Mundial del Comercio y en particular con el  Acuerdo General sobre Comercio y Servicios –AGCS- que desde 1995 promueve la mercantilización de los más diversos derechos y aúpa la consolidación del neoliberalismo en beneficio de los grandes poderes transnacionales. A lo que se expone el país con la existencia de estas instituciones es a que se ofrezcan  programas de mala  calidad,  a la creación de carreras  que no contemplan las necesidades del país, a la expedición de  títulos que no tengan entrada al mercado laboral, a la contratación  de profesores  a destajo y con salarios bajos,  a que se reduzcan  las inversiones de las universidades privadas en infraestructura y en capacitación docente y a que  se aumenten las tasas de deserción tal como ha sido el caso de los Estados Unidos.  Como lo advierte Francisco Piedrahíta, rector de Icesi: “En Estados Unidos, México y Brasil, las instituciones con ánimo de lucro ofrecen, en general, programas malos”<!--[if !supportFootnotes]-->[2]<!--[endif]-->

De otro lado,  y no obstante estar suficientemente documentado el déficit financiero que atraviesa el Sistema Estatal de Universidades, la promesa del gobierno de entregar  importantes recursos no pasó de la demagogia peculiar que caracteriza al gobierno de Santos. Del artículo 145 al 152 del proyecto, con algunas variaciones no significativas,  se mantiene intacto el esquema de financiación definido en la Ley 30 de 1992, el cual no contempla, ni reconoce,   los gastos adicionales en los que han incurrido las universidades públicas. La Contraloría General de la República, CGR, ha señalado que, en la  década que acaba de pasar,  las transferencias del Sistema General de Participaciones (SGP) para educación (básica y media) como porcentaje del PIB han decrecido: en 2001 alcanzaron el 3,3%, en 2004 descendieron al 3,1% y desde 2006 hasta la fecha (2008) están en el 3%. Una tendencia semejante exhibe el gasto público en la educación terciaria: la participación de los aportes de la nación a las universidades públicas como porcentaje del PIB muestra un descenso constante (en 2000 era del 0,52%, en 2004 del 0,48% y en 2007 del 0,36%).<!--[if !supportFootnotes]-->[3]<!--[endif]-->
 
Según los cálculos efectuados por la CGR, con base en los informes de ejecución presupuestal del Ministerio de Educación Nacional 2000-2007<!--[if !supportFootnotes]-->[4]<!--[endif]-->, los aportes de la nación a las universidades públicas se han mantenido prácticamente en el mismo nivel, entre 2002, año en el cual los aportes sumaron $1.520 miles de millones, y el 2007, cuando la suma fue de $1.526 miles de millones. Por el contrario, la cobertura estudiantil ha tenido un aumento considerable, destinándose cada vez menos pesos por estudiante para el sistema estatal de universidades públicas. Según el SUE<!--[if !supportFootnotes]-->[5]<!--[endif]--> en 1992 había 200.000 estudiantes matriculados en universidades públicas, y al año 2007 esta cifra ascendía a 494.937 estudiantes, un incremento del 147.47%. De igual forma, “Los programas de pregrado ofrecidos pasaron de 1.233 en el año 2003 a 3.173 en el año 2007, y en ese mismo periodo los programas de posgrado pasaron de 777 a 911.”<!--[if !supportFootnotes]-->[6]<!--[endif]--> Un reciente estudio señala que, la inversión estatal per cápita promedio en las universidades públicas, “alcanzaba la cifra de 5,69 millones en 1993 mientras que en 2008 era de 3,67 millones a pesos constantes de 2008”<!--[if !supportFootnotes]-->[7]<!--[endif]-->

Los “nuevos” recursos definidos en los  artículos 150 y 151 del proyecto, no irán  directamente a las 32 universidades públicas sino al Ministerio de Educación Nacional y  además a ellos  también accederán las otras 48 instituciones de educación superior estatales. Son tan exiguos   que  Moisés Wasserman,  rector de la Universidad Nacional, los ridiculizó señalando que se trata de: “un aumento en 150 mil pesos por estudiante del sistema por año, que es absolutamente irrisorio"(El Tiempo, 24-07-2011). Una verdadera burla a las necesidades del sector universitario en Colombia y que muestra las profundas diferencias con un país como EE.UU, que pone el Ministerio de Educación de ejemplo para justificar la reforma, en el cual  “el gasto por alumno es de 100 mil dólares al año” (El Espectador 12-08-2009).

Además de ser escasos el proyecto de Ley condiciona los nuevos recursos, que son del 3% respecto a los aportes de la nación a las instituciones de educación superior estatales, al aumento de cobertura, al reconocimiento de la productividad académica del personal docente, a la formación docente y a la promoción de la investigación y la innovación. Como se observa los propósitos superan con creces el pírrico incremento planteado, siendo además la destinación específica  una interferencia indebida  en la autonomía universitaria. Es palpable que el proyecto de Ley no reconoce la situación de déficit estructural y obvia el más reciente informe del Sistema Universitario Estatal, entregado hace poco por los rectores, que señala:

Los aportes de la nación han disminuido sustancialmente y se presenta un crecimiento cada vez mayor de las rentas propias, de manera que para la vigencia 2010, el aporte del Gobierno Nacional no superó el 50% del presupuesto total de las Universidades, en contraposición con la información suministrada por el MEN y publicada en el Periódico El Tiempo el pasado 10 de abril, según la cual, el aporte de la Nación para las universidades públicas alcanza el 55% de los ingresos totales. De otra parte, comparando los aportes del gobierno nacional en la vigencia 1993 con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley 30 de 1992, frente a los aportes realizados en la vigencia 2010, se observa la tendencia decreciente de éstos (73,48% en 1993 y 49% para el 2010) frente a la tendencia creciente de la ejecución de rentas propias de las universidades públicas (22,39% en 1993 y 45% en el 2010).<!--[if !supportFootnotes]-->[8]<!--[endif]-->

Las cifras confirman que la  desfinanciación estatal  tiene como consecuencia  el crecimiento de las rentas  propias de las universidades, cuyo componente principal es el cobro de derechos pecuniarios,  no será raro entonces  que se sigan  imponiendo  modificaciones  en los sistemas de matrículas de pregrado y posgrado  de las universidades colombianas. Cabe destacar que actualmente  el sistema de   posgrados en las   universidades estatales es  tan o igual de costoso que en las universidades privadas. En la práctica no hay universidad pública accesible a los sectores populares  en posgrado.

Como no hay una solución estructural por parte del Estado a la situación de desfinanciación, el proyecto de Ley,  plantea de los artículos 156 al 168, fuentes alternativas de financiación: A las Instituciones de Educación Superior, IES,  y a los estudiantes,  fomentando  el denominado subsidio a la demanda en desmedro del subsidio a la oferta. No significa esto grandes subvenciones del Estado, por el contrario el camino señalado a universidades y estudiantes es el del endeudamiento con diversas instituciones ligadas al capital financiero.  El Fodesep es convertido en Sociedad Anónima (art 156)   con el propósito de vincular al capital privado en  proyectos donde se oferte el servicio de educación superior, tendrá también la función de ser garante de los créditos que adquieran las instituciones de educación públicas y privadas con el propósito de aumentar la cobertura. Para el mejoramiento de la calidad educativa el propósito del proyecto es también buscar el endeudamiento de las IES, para lo cual el gobierno propone (art 157) que el Fondo Nacional de Garantías actúe como ente que respalde los  créditos  que estas contraigan. En esa misma línea para el mejoramiento de la inversión y la infraestructura, se propone (art 159) establecer una línea especial de crédito a través de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A, Findeter.

Es evidente  que como los exiguos recursos que promete el gobierno no alcanzan para: Cumplir  las metas de cobertura;  garantizar una educación de calidad y  mejorar la inversión y la infraestructura,  el proyecto de Ley plantea el endeudamiento con el sector financiero para tratar de cumplir con tales fines. Esto   obliga   a la IES a aumentar el recaudo de rentas propias, a costa de un encarecimiento de las matrículas y demás servicios que ofrecen,  con el fin de honrar sus obligaciones. A lo máximo que llega el gobierno es a poner al Fodesep, al Fondo Nacional de Garantías y  a la FINDETER como respaldo de tales obligaciones evidenciando un desentendimiento estatal con el fortalecimiento del sector universitario.
  
Así como la recomendación a la IES, por  la escasez de recursos, es el crédito con el capital financiero, en esa misma línea es el mensaje que a través  del ICETEX, convertido en un banco y cobrando intereses de usura,  se envía a los estudiantes colombianos que tengan que recurrir a cualquiera de los mecanismos establecidos por esta institución para cursar sus estudios superiores. Con  algunas becas para sectores muy reducidos y la creación de un Fondo para la Permanencia Estudiantil administrado por el Icetex,  la regla es  el fortalecimiento del subsidio a la demanda mediante la promoción del crédito educativo con lo que se empeña el futuro de las nuevas generaciones.

No queda duda entonces  que el proyecto de Ley no recoge las aspiraciones del sector universitario colombiano, por el contrario profundiza la  desfinanciación de la universidad, entroniza la concepción de universidad empresa y de educación como mercancía y renuncia explícitamente  al desarrollo  del aparato científico-tecnológico del país. El debate está vivo y la resistencia civil de los colombianos  prevalecerá ante este nuevo atentado del santismo.

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<!--[if !supportFootnotes]-->[3]<!--[endif]--> CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Inclusión y Exclusión Social en Colombia: Educación, Salud y Asistencia Social Mercado y Política Social. Informe Social. Bogotá: Imprenta Nacional, 2008. p. 181.
<!--[if !supportFootnotes]-->[5]<!--[endif]--> SISTEMA UNIVERSITARIO ESTATAL. Revisión de la financiación con recursos de la nación para las Universidades Públicas. BOGOTÁ JUNIO 3 DE 2009. p. 4.

<!--[if !supportFootnotes]-->[7]<!--[endif]--> Garzón, Carlos. Educación Superior Pública en Colombia: ¿Escasez de recursos o de voluntad política? Bogotá: Versión en PDF, 2010. p. 9. Disponible en http://universidad.edu.co/images/cm...

<!--[if !supportFootnotes]-->[8]<!--[endif]--> SISTEMA UNIVERSITARIO ESTATAL.  LA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA: UN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN INCLUYENTE DE LA NUEVA LEY DE EDUCACION SUPERIOR. Bogotá, Junio de 2011. p. 66

viernes, 22 de julio de 2011

INFORME DE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL AL CONSEJO SUPERIOR ANTE LA APROBACIÓN DE LAS MODIFICACIONES AL SISTEMA DE MATRÍCULAS DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS (ACUERDO 01 DE 2011)


INFORME  DE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL AL CONSEJO SUPERIOR ANTE LA APROBACIÓN DE LAS MODIFICACIONES AL SISTEMA DE MATRÍCULAS DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS (ACUERDO 01 DE 2011)

Por Juan Carlos Martínez Botero
Representante Estudiantil al Consejo Superior
Manizales, 22 de Julio de 2011

Tras  casi un año de álgido debate en el que se han expresado puntos de vista diferentes sobre el sistema de matrículas en la Universidad de Caldas, atravesado por numerosas expresiones de lucha democrática y civilista que seguimos reivindicando, y a  las cuales le debemos  este proceso, concluimos esta etapa con un acuerdo modificatorio al acuerdo 01 de 2011, aprobado por unanimidad en la sesión del Consejo Superior del 21 de Julio. El acuerdo 01 de 2011  mereció el rechazo de estudiantes y profesores, lo cual se vio reflejado en el voto negativo de la Representación Estudiantil y Profesoral en el Consejo Superior y en las enormes movilizaciones estudiantiles,  por avanzar  en  contravía de la concepción de universidad y de educación como derecho, que profesamos. 

La posición de la representación estudiantil fue aprobar y darle el visto bueno a  las modificaciones propuestas por la comisión de matrículas, conformada luego del proceso de movilización. Sin embargo seguimos conservando profundas diferencias  con la esencia del acuerdo 01 de 2011. Las modificaciones, y por eso merecen nuestro respaldo,  son, sin ser un ideal y magnificarlas,  un avance frente a lo que  inicialmente se aprobó  el 28 de enero de 2011, con mi voto en contra.  Incluso debo admitir que hay aspectos que superan en lo positivo al acuerdo 024 de 2002 (matrículas para estudiantes antiguos).

A continuación presento  a la comunidad universitaria y a la opinión pública, los 15 cambios con los que concluye el trabajo de la comisión, que están entre, modificaciones al acuerdo 01 de 2011 y,  nuevos elementos que incluso van más allá del acuerdo 024 de 2002, estos son:

LOS CAMBIOS AL 01 DE 2011

1.    Se reduce el factor para determinar la matrícula por vía de la pensión del último año de colegio. Esto significa una reducción del 9,1% en el costo de  las matrículas para personas que provienen de colegios privados.

2.    Se exceptúa de la liquidación por vía de la pensión del Colegio a quienes cursaron los ciclos complementarios en las normales.

3.    El  Pago del  Seguro de Accidentes será  obligatorio antes había quedado opcional. La razón es que dicho seguro ha servido para financiar diversas contingencias de muchos estudiantes de la universidad, por lo que consideramos que esos 15 mil pesos que se deben pagar cada año son una suma muy pequeña para los beneficios que reporta.

4.    Se eleva la exención de PBM 10 a PBM 14, lo  que  amplía el rango  de exoneración del pago de matrícula,  de un 17 al 54% según las proyecciones de  la Oficina de Planeación.

5.    El cobro de matrículas  en los períodos inter semestrales será por materias y no por créditos académicos, como estaba  contemplado inicialmente. Esto implica un abaratamiento del pago de matrícula por este concepto hasta del 75%.

6.    Se restablecen  los descuentos  del 15%,  por proceder de Chinchiná, Villamaría, Palestina, Neira y la zona rural de Manizales, y del 20%, a los de municipios distintos a los anteriores,  a  quienes  demuestren  ingresos iguales o menores a 1.2 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

7.    Se vuelven a destinar  los recursos recaudados  por concepto de servicios universitarios, que son el 20% de la matrícula, a la actualización de la biblioteca, mejoramiento de los  laboratorios, pago de internet y actualización de las salas de sistemas.

8.    Se atenúa el peso  para el estrato 2, reduciendo el puntaje asignado dentro de la fórmula que liquida la matrícula.

MÁS ALLÁ DEL 024 DE 2002

Estos aspectos fueron fruto de la discusión de la comisión de matrículas y no están contemplados ni en el acuerdo 024 de 2002, ni en el acuerdo  01 aprobado el 28 de enero de 2011. Lo que debo registrar como  positivo:


9.    Se incluye a los profesores ocasionales en las becas de bienestar social que cubren el 90% del costo de las matrículas para sus hijos, cónyuges  o compañeros permanentes

10. Se  incluye  una exoneración  a todo aspirante admitido a la Universidad de Caldas, que demuestre estar inscrito en la base de datos del Sistema General de Seguridad Social en Salud SISBEN nivel 1 o 2 o su equivalente. Estas personas solo tendrá la obligación de cancelar el valor de servicios universitarios en el equivalente al PBM 14, es decir 16 mil pesos semestrales. Los primeros estudios revelan que esto beneficia al 17% de los estudiantes que se presentan por cohorte, que pueden ser muchos más porque esta cifra corresponde a estudiantes de Manizales.

11. Se  conforma un Comité de Matrículas, que ahora será  paritario entre la administración, los estudiantes (se aumenta la Representación Estudiantil) y los profesores. Además se crea   una segunda instancia, que antes no existía, con participación de la Representación Estudiantil  para las respectivas apelaciones.   Entre las funciones del Comité y la Comisión está recibir, tramitar y decidir las solicitudes de reliquidaciones, estudios socioeconómicos, descuentos previamente reglamentados y financiación de matrículas.

12. Se atenúa el peso  para el estrato 3, reduciendo el puntaje asignado dentro de la fórmula que liquida la matrícula pasa del 30 al 20%.

13. Se cambia una suma fija en la fórmula para determinar los ingresos familiares, lo que influye en que se tome una cifra más cercana a los ingresos reales y no a  los ingresos brutos. Esto redunda en una matrícula menor por esta vía.

14. Se establecen  descuentos, proporcional al número de hijos que oscilan entre el 10 y el 40%  para estudiantes que son padres o madres de familia

15. En un acuerdo adicional que será discutido en la próxima sesión del Consejo Superior se crea  un Fondo administrado por la Oficina de Bienestar Universitario con el  propósito de  reconocer   estímulos económicos a egresados destacados y con probados méritos académicos. El criterio de selección es el promedio y sus recursos serán: El 1% del recaudo anual por concepto de matrículas de pregrado;  los destinados por la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados y los destinados por la Oficina de  Bienestar Universitario. 

El cobro de matrículas seguirá siendo una limitante para que amplios sectores de la población accedan a la educación superior, por ello, votamos de manera negativa el acuerdo 01 de 2011 y manifestamos  nuestro desacuerdo con:  Considerar el valor de la pensión del último año de colegio como un  factor  para la liquidación del valor de la matrícula; eliminar  el descuento por provenir de colegio público y  reducir el rango de exoneración, medidas aprobadas por la mayoría del Consejo Superior el 28 de enero de 2011, y en las  que  hay un retroceso frente a lo que rige para los estudiantes antiguos.

No obstante, el defender una concepción donde el Estado asuma el 100% de los costos educativos,  no  puede llevar a desconocer  que con la modificación,   6 de cada 10 estudiantes  pagaran  menos de $20 mil pesos por semestre, con lo que adquiere sentido la lucha que adelantamos estudiantes, profesores y los sectores democráticos de la ciudad en contra de esta reforma y por la defensa del carácter público de nuestra universidad. Sin la lucha y la movilización civilista, no hubiera sido posible cambiar una coma a la reforma aprobada el 28 de enero.

De todas formas  establecer sistemas de matrículas, es una medida que  contiene en sí misma una discriminación odiosa: El cobro por un derecho social que debería hacerse exigible simplemente por tener las calidades académicas y haber obtenido  un cupo en la  universidad pública. En el fondo lo que subyace en las tablas de matrículas, es una concepción mercantilista de la educación  superior que le resta importancia a  su carácter de derecho. Tal es el camino que la política de desfinanciación del gobierno nacional ha señalado para la universidad colombiana, al punto que el último informe presentado por los mismos rectores, a través del Sistema Universitario Estatal, SUE,  indica que el déficit de las universidades públicas colombianas asciende a un billón de pesos. 

La respuesta a la privatización por vía de la desfinanciación debe ser la movilización democrática, más aún cuando avanza la propuesta de una nueva Ley de Educación Superior que permite el ánimo de lucro y profundiza la concepción de universidad como empresa y educación como mercancía. La  lucha entonces debe seguir siendo por alcanzar una adecuada y plena  financiación del Estado a la universidad colombiana.